{"id":4030,"date":"2020-10-15T21:06:29","date_gmt":"2020-10-16T02:06:29","guid":{"rendered":"http:\/\/inforedguanajuato.com\/?p=4030"},"modified":"2020-10-15T21:06:29","modified_gmt":"2020-10-16T02:06:29","slug":"grupo-parlamentario-del-pri-presenta-iniciativa-para-incorporar-la-figura-de-revocacion-de-mandato-del-gobernador","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/?p=4030","title":{"rendered":"GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI PRESENTA INICIATIVA PARA INCORPORAR LA FIGURA DE REVOCACI\u00d3N DE MANDATO DEL GOBERNADOR"},"content":{"rendered":"<p><!--more--><\/p>\n<p>Guanajuato, Gto. 15 Oct. 2020.- El Grupo Parlamentario del PRI por conducto del diputado Jos\u00e9 Huerta Aboytes, present\u00f3 una iniciativa de reformas y adiciones a diversos art\u00edculos de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica para el Estado de Guanajuato, a efecto de establecer la figura de Revocaci\u00f3n de Mandato para el titular del Ejecutivo estatal, como instrumento de la sociedad para destituir al gobernante frente a una crisis de confianza.<\/p>\n<p>De acuerdo con la exposici\u00f3n de motivos, la revocaci\u00f3n o revocatoria de mandato es el mecanismo institucional mediante el que los ciudadanos determinan que alg\u00fan funcionario de elecci\u00f3n popular debe de interrumpir el ejercicio de su cargo y reducir el periodo para el cual fue electo, por incurrir en causas por las cuales debe ser depuesto.<\/p>\n<p>Es un genuino instrumento pol\u00edtico, por medio del cual, la mayor\u00eda ciudadana ejerce el voto del arrepentimiento y de la correcci\u00f3n del rumbo del gobierno, cuando el gobernante no colma las expectativas que gener\u00f3 en el momento de la elecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como antecedente, el grupo mayoritario en la C\u00e1mara de Diputados del Congreso de la Uni\u00f3n, present\u00f3 ante el Constituyente Permanente una iniciativa para reformar y adicionar diversos art\u00edculos de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que sean los ciudadanos quienes decidan, por la v\u00eda legal, si un presidente, gobernador o un alcalde pueden continuar o no en el cargo luego de la mitad del periodo para el que fueron electos.<\/p>\n<p>En su momento, el Congreso de Guanajuato decidi\u00f3 no aprobar el dictamen por el que el Congreso de la Uni\u00f3n dio por aprobada la propuesta de m\u00e9rito, no obstante otras 17 legislaturas estatales se pronunciaron a favor del mismo, por lo que, en fecha 28 de noviembre de 2019, la C\u00e1mara de origen de dicha iniciativa, declar\u00f3 la constitucionalidad de la reforma, lo que dio lugar a que el 20 de diciembre de dicha anualidad se publicara el decreto correspondiente.<\/p>\n<p>Esta iniciativa no tiene otro \u00e1nimo m\u00e1s que el de armonizar las disposiciones locales a las normas que se han generado en el plano del Pacto federal.<\/p>\n<p>Se propone agregar como prerrogativa del ciudadano guanajuatense, el derecho a participar en los procesos de revocaci\u00f3n de mandato, as\u00ed como obligaci\u00f3n el deber de votar en este proceso e incluir normas relativas a los procesos de revocaci\u00f3n de mandato.<\/p>\n<p>Asimismo, que el sistema de medios de impugnaci\u00f3n incorpore\u00a0 la figura de la revocaci\u00f3n de mandato, a efecto de dar definitividad y garantizar la legalidad en este proceso.<\/p>\n<p>especificar en qu\u00e9 consiste el procedimiento, c\u00f3mo se solicita, cu\u00e1l es el \u00f3rgano administrativo ante quien se solicita y c\u00f3mo se sistematizar\u00e1 este procedimiento por parte del \u00d3rgano Electoral Local.<\/p>\n<p>Sobresale el hecho de que ser\u00e1 convocado por el Instituto Electoral Local, a petici\u00f3n de cuando menos el 10 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal, y cuando en la solicitud correspondan a por lo menos 24 municipios de la entidad; requisitos que se encuentran armonizados y referidos a nuestra realidad geopol\u00edtica, con la Constituci\u00f3n Federal respecto a la figura de Revocaci\u00f3n de Mandato procedente para el Ejecutivo Federal.<\/p>\n<p>Para que el proceso de Revocaci\u00f3n de Mandato resulte v\u00e1lido, debe participar, al menos, el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores, y ser\u00e1 procedente cuando se obtenga en las urnas la mayor\u00eda simple de los votos v\u00e1lidos emitidos a favor de la revocaci\u00f3n.<\/p>\n<p>As\u00ed tambi\u00e9n, especificar que \u201cEl cargo de Gobernador del Estado puede ser revocado en los t\u00e9rminos establecidos en esta Constituci\u00f3n\u201d, as\u00ed como clarificar qu\u00e9 va a suceder y c\u00f3mo proceder\u00e1 el Congreso del Estado en caso de que aplique la solicitud de revocaci\u00f3n de mandato para el titular del Ejecutivo y quede ac\u00e9falo por este motivo el cargo en funciones.<\/p>\n<p>Se precisa que \u201cEn caso de haberse revocado el mandato del Gobernador del Estado, asumir\u00e1 provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Supremo Tribunal de Justicia; dentro de los treinta d\u00edas siguientes, el Congreso, por mayor\u00eda calificada de las dos terceras partes de los integrantes del Pleno, nombrar\u00e1 a quien concluir\u00e1 el per\u00edodo constitucional\u201d.<\/p>\n<p>Con lo anterior, nuestro Grupo Parlamentario contribuye a dar cabal cumplimiento a la obligaci\u00f3n Constitucional de armonizar nuestro texto constitucional Local en tiempo y forma a efecto de incorporar la figura de revocaci\u00f3n de mandato en la Constituci\u00f3n local y garantizar a los ciudadanos guanajuatenses la prerrogativa de participar en el proceso correspondiente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":1,"featured_media":4031,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[6],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4030"}],"collection":[{"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=4030"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4030\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4032,"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4030\/revisions\/4032"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/4031"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=4030"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=4030"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=4030"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}