{"id":8055,"date":"2022-10-11T20:54:41","date_gmt":"2022-10-12T01:54:41","guid":{"rendered":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/?p=8055"},"modified":"2022-10-11T20:54:42","modified_gmt":"2022-10-12T01:54:42","slug":"en-el-congreso-del-estado-de-guanajuato-aprueban-dictamen-de-reformas-a-favor-de-menores-de-edad-hijos-de-victimas-de-feminicidio-u-homicidio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/?p=8055","title":{"rendered":"EN EL CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO APRUEBAN DICTAMEN DE REFORMAS A FAVOR DE MENORES DE EDAD HIJOS DE V\u00cdCTIMAS DE FEMINICIDIO U HOMICIDIO"},"content":{"rendered":"<p>Guanajuato, Gto11 octubre 2022. \u2013 En sesi\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Justicia se aprobaron reformas a la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social que tiene como objeto reconocer el derecho de asistencia social a hijos e hijas menores de edad de mujeres v\u00edctimas de un feminicidio u homicidio.<br \/>\nCon estas reformas se establece que tienen derecho a la asistencia social, los individuos y familias que, por sus condiciones f\u00edsicas, mentales, jur\u00eddicas, o sociales, requieran de servicios especializados para su protecci\u00f3n y su plena integraci\u00f3n al bienestar, entre los que se comprenden, entre lo que se contempla a los hijos e hijas menores de edad de mujeres v\u00edctimas de un feminicidio u homicidio.<br \/>\nAdem\u00e1s, aprobaron el dictamen en el que se establece el archivo definitivo de la iniciativa de reforma al C\u00f3digo Civil que buscaba garantizar los alimentos a mayores de edad que cursen un grado acad\u00e9mico acorde a su edad.<br \/>\nAn\u00e1lisis de iniciativas<br \/>\nComo parte del orden del d\u00eda se analizaron dos propuestas legales. La primera, una iniciativa de reforma al C\u00f3digo Civil en materia de bienes digitales, la cual busca dar certeza a la propiedad de bienes digitales para poder ser transmitidos y se fortalece el reconocimiento y cuidado del patrimonio moral de las personas.<br \/>\nAlma Delia Camacho Patl\u00e1n, magistrada civil del Supremo Tribunal de Justicia, coment\u00f3 que de inicio la propuesta les parec\u00eda aceptable y de alguna manera era importante que el guanajuatense empiece a legislar sobre esos bienes, pero consider\u00f3 inacabada o poco visible el objeto de la protecci\u00f3n con la iniciativa, que no se alcazaba a percibir, ni se define lo que es un patrimonio digital y se tendr\u00eda que ver el impacto con la legislaci\u00f3n federal.<br \/>\nAgreg\u00f3 que tampoco no se estaba definiendo patrimonio moral y eso impacta en la adici\u00f3n presentada, y que se propon\u00eda crear un cap\u00edtulo que no ser\u00eda necesario, cuando todo lo que no sea bien inmueble entra en bienes muebles.<br \/>\nPor su parte, Jos\u00e9 Manuel Bribiesca de la Coordinaci\u00f3n General Jur\u00eddica mencion\u00f3 que la propuesta es confusa respecto a lo que pretende proteger, no especificaba lo que era patrimonio moral, ni contaba con los elementos suficientes que permitan dilucidar el alcance de esta. Adem\u00e1s, coincidi\u00f3 en que debe revisarse que no contravenga a la legislaci\u00f3n federal.<br \/>\nLa diputada Susana Berm\u00fadez Cano se\u00f1al\u00f3 que estaba de acuerdo con lo expuesto con sus antecesores, y que en la exposici\u00f3n de motivos no se mostraban datos de la entidad, que \u00fanicamente se\u00f1ala que hay una posibilidad de disponer de esos bienes y no se especifica qu\u00e9 es lo que se desea atender o busca el iniciante evitar con la propuesta.<br \/>\nApunt\u00f3 que no solo estaba incompleta, sino que no quedaba claro si ten\u00edan competencia o no, al referirse a los contratos que se signan al descargar alguna plataforma digital.<br \/>\nEn su intervenci\u00f3n, la congresista Laura Cristina M\u00e1rquez Alcal\u00e1 indic\u00f3 que al no tener claro el alcance le generaba duda la competencia, por lo que consider\u00f3 que al no ser precisa la propuesta, no poderse determinar un beneficio real y una problem\u00e1tica qu\u00e9 atender, instru\u00eda la elaboraci\u00f3n del dictamen en sentido negativo.<br \/>\nEn un segundo momento, se revis\u00f3 la propuesta que plantea modificaciones a la misma norma jur\u00eddica para establecer que los poderes p\u00fablicos sean inscritos en el Registro P\u00fablico por el notario que los otorga a finde dar mayor certeza jur\u00eddica.<br \/>\nJos\u00e9 Federico Ruiz Ch\u00e1vez de la Coordinaci\u00f3n General Jur\u00eddica manifest\u00f3 que se tendr\u00eda que analizar la adscripci\u00f3n del notario p\u00fablico, asumiendo que aquellos cuyo fiat tiene adscripci\u00f3n en la entidad podr\u00edan hacer la presentaci\u00f3n en cualquiera de las 24 oficinas registrales; as\u00ed como ponderar el impacto jur\u00eddico al r\u00e9gimen de responsabilidad notarial.<br \/>\nLa legisladora Susana Berm\u00fadez Cano argument\u00f3 que el iniciante no tiene claro el objeto para el cual presenta la propuesta y no ve\u00eda el punto de la modificaci\u00f3n; mientras que la congresista Laura Cristina M\u00e1rquez Alcal\u00e1 refiri\u00f3 que los mandatos surten efectos en el lugar donde se tenga que registrar y que estar\u00edan estableciendo una regla que adem\u00e1s de incurrir en responsabilidad para los notarios estar\u00eda entorpeciendo el propio proceso.<br \/>\nFinalmente, M\u00e1rquez Alcal\u00e1 abund\u00f3 que se llegaba a dos conclusiones; primero, que ya se encuentra previsto de manera adecuada con la ley vigente tal como est\u00e1 y que con los criterios que expide la Secretar\u00eda de Gobierno, en donde se delimitan diferentes posibilidades, tiene que quedar ah\u00ed para que sea flexible, porque la ley va a seguir cambiando y se van a seguir moviendo diferentes cosas en Guanajuato y en otros estados; as\u00ed como las cuestiones consulares y as\u00ed la Secretar\u00eda tendr\u00e1 la posibilidad de hacer los ajustes pertinentes para poder continuar d\u00e1ndole certeza jur\u00eddica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Guanajuato, Gto11 octubre 2022. \u2013 En sesi\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Justicia se aprobaron reformas a la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social que tiene como objeto reconocer el derecho de asistencia social a hijos e hijas menores de edad de mujeres v\u00edctimas de un feminicidio u homicidio. 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