{"id":8379,"date":"2022-12-01T22:51:50","date_gmt":"2022-12-02T03:51:50","guid":{"rendered":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/?p=8379"},"modified":"2022-12-01T22:51:51","modified_gmt":"2022-12-02T03:51:51","slug":"analizan-iniciativas-en-el-congreso-del-estado-de-guanajuato-sobre-eleccion-consecutiva-y-simultaneidad-de-cargos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/inforedguanajuato.com\/?p=8379","title":{"rendered":"ANALIZAN INICIATIVAS EN EL CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO SOBRE ELECCI\u00d3N CONSECUTIVA Y SIMULTANEIDAD DE CARGOS."},"content":{"rendered":"<p>Guanajuato, Gto 1 Diciembre 2022. \u2013 Convocadas por la Comisi\u00f3n de Asuntos Electorales se llevaron a cabo dos mesas de trabajo para analizar el mismo n\u00famero de propuestas legales que inciden en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato.<\/p>\n<p>Elecci\u00f3n consecutiva en caso de re distritaci\u00f3n electoral<br \/>\nEl diputado Bricio Balderas \u00c1lvarez mencion\u00f3 que cuando se present\u00f3 la iniciativa, el Consejo General del INE a\u00fan no defin\u00eda la nueva conformaci\u00f3n de los distritos electorales locales, por lo que exist\u00eda cierta incertidumbre respecto a la posibilidad que \u00e9stos se modificaran.<\/p>\n<p>Sin embargo, dijo, a\u00fan y cuando se siguen conservando los 22 distritos uninominales electorales locales, a partir de septiembre de este a\u00f1o tienen una nueva configuraci\u00f3n, tanto de los municipios que integran un distrito como de secciones electorales de un mismo distrito.<\/p>\n<p>El congresista manifest\u00f3 que el tema central de la propuesta no era la elecci\u00f3n consecutiva, ya que sab\u00edan que hay varios elementos a considerar para aspirar a \u00e9sta, pero en estos momentos se considera que existe una laguna legal por definir ante estas modificaciones recientes.<\/p>\n<p>\u201cSe propone adicionar un p\u00e1rrafo para cuando se presente una nueva conformaci\u00f3n en los distritos electorales, los diputados sujetos a elecci\u00f3n consecutiva puedan postularse con independencia del n\u00famero de distrito o de la composici\u00f3n que les corresponda, pero que al menos comprenda alguno de los municipios que integran o formaban parte del distrito por el cual fueron electos; lo cual no aplica a los diputados electos por el principio de representaci\u00f3n proporcional\u201d, puntualiz\u00f3.<\/p>\n<p>En general, los participantes externaron opiniones dividas, por un lado, hablaron de que s\u00ed se debe regular el tema de la distritaci\u00f3n, el cual ha estado cambiando; mientras que, por otro, consideraban inconveniente incorporar la condici\u00f3n para la elecci\u00f3n consecutiva en el concepto de una re distritaci\u00f3n<\/p>\n<p>Balderas \u00c1lvarez indic\u00f3 que no se trataba de la elecci\u00f3n consecutiva en s\u00ed misma, sino que, as\u00ed como est\u00e1 actualmente la norma y con la modificaci\u00f3n en los distritos, un diputado que fue electo por el distrito de Villagr\u00e1n ahora no podr\u00eda competir por el cambio que hubo, por mencionar un ejemplo.<\/p>\n<p>En su intervenci\u00f3n, la legisladora Susana Berm\u00fadez Cano consider\u00f3 que no es inconstitucional la manera en que est\u00e1 planteada la propuesta.<\/p>\n<p>Para concluir, el legislador Gustavo Adolfo Alfaro Reyes precis\u00f3 que la elecci\u00f3n hasta por cuatro periodos consecutivos a las diputadas y diputados rompi\u00f3 el paradigma de la no reelecci\u00f3n que por a\u00f1os se hab\u00eda venido ejerciendo.<\/p>\n<p>Se\u00f1al\u00f3 que hab\u00eda quedado claro que el sistema electoral local se encuentra dise\u00f1ado seg\u00fan el principio de mayor\u00eda relativa, al sistema de distritos electorales uninominales cont\u00e1ndose con 22 distritos en la entidad y que, habiendo escuchado con atenci\u00f3n las posiciones vertidas hab\u00eda quedado claro que la iniciativa previene una posible asignaci\u00f3n num\u00e9rica de distritos en el estado que pueda realizar la autoridad competente.<\/p>\n<p>En ese sentido, puntualiz\u00f3 que deb\u00edan estar preparados normativamente y contar con la herramienta que otorgue sustento y certeza jur\u00eddica a quienes puedan seguir como candidatas o candidatos a una diputaci\u00f3n haciendo uso de su derecho de participaci\u00f3n consecutiva en la elecci\u00f3n, a trav\u00e9s del voto directo.<\/p>\n<p>Simultaneidad de cargo a presidente municipal y regidur\u00eda<\/p>\n<p>El diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes manifest\u00f3 que la propuesta buscar derogar el art\u00edculo que refiere que s\u00ed un candidato a presidente municipal es postulado por el principio de mayor\u00eda relativa, y no obtiene el primer lugar en la elecci\u00f3n, pero consigue la votaci\u00f3n suficiente como l\u00edmite m\u00ednimo, puede acceder a la asignaci\u00f3n de una regidur\u00eda por el principio de representaci\u00f3n proporcional; esto depender\u00e1 de la posici\u00f3n del registro dentro de la lista respectiva.<\/p>\n<p>En su participaci\u00f3n, el legislador Armando Rangel Hern\u00e1ndez indic\u00f3 que la posibilidad de que se d\u00e9 el caso citado estaba en contrasentido con la voluntad del electorado expresado a trav\u00e9s del voto, que se traduce en la ocupaci\u00f3n del cargo p\u00fablico, al conformarse el Ayuntamiento, en donde los partidos pol\u00edticos estar\u00e1n representados seg\u00fan el respaldo popular que obtengan.<\/p>\n<p>Enfatiz\u00f3 que pareciera no respetarse el derecho de la ciudadan\u00eda a dicha representaci\u00f3n, ya que, si su voluntad era elegir a determinado candidato como presidente municipal, eso no implicaba necesariamente que tambi\u00e9n lo puedan elegir para ocupar una regidur\u00eda dentro del Ayuntamiento.<\/p>\n<p>El representante del Tribunal Estatal Electoral consider\u00f3 que la propuesta estaba acorde a lo que se\u00f1ala el art\u00edculo 12 de la Ley Estatal Electoral, que establece claramente que a ninguna persona podr\u00e1 registr\u00e1rsele como candidato a distintos cargos de elecci\u00f3n popular en el mismo proceso electoral.<\/p>\n<p>En el mismo sentido se pronunci\u00f3 el Instituto de Investigaciones Legislativas; mientras que los representantes de los partidos se manifestaron en contra al ser una reforma muy reciente que solo se ha ejercido en un proceso electoral.<\/p>\n<p>El diputado Cuauht\u00e9moc Becerra Gonz\u00e1lez extern\u00f3 que no se merec\u00eda un mayor an\u00e1lisis, que era clara la postura de los presentes y cuestion\u00f3 qu\u00e9 hab\u00eda sucedido en la anterior legislatura, al argumentar que no estaba mal, ya que se demostr\u00f3 que es correcta porque se ech\u00f3 a andar y no pod\u00edan calificarla de err\u00f3nea si ha pasado apenas un a\u00f1o. En su oportunidad, la diputada Susana Berm\u00fadez Cano indic\u00f3 que el Partido Acci\u00f3n Nacional no utiliz\u00f3 ese mecanismo y subray\u00f3 que el tema daba para el an\u00e1lisis y seguir\u00edan respaldando la propuesta.<\/p>\n<p>Finalmente, el congresista Gustavo Adolfo Alfaro Reyes apunt\u00f3 que todas las intervenciones ser\u00e1n valoradas para la dictaminaci\u00f3n de la iniciativa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Guanajuato, Gto 1 Diciembre 2022. \u2013 Convocadas por la Comisi\u00f3n de Asuntos Electorales se llevaron a cabo dos mesas de trabajo para analizar el mismo n\u00famero de propuestas legales que inciden en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato. 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