Guanajuato, Gto 7 noviembre 2024. – En sesión ordinaria, el grupo parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano presentó una iniciativa de reforma al Código Civil estatal con el objeto de establecer el tipo de divorcio administrativo y el divorcio incausado.
Lo anterior, con la finalidad de que estos tipos tengan los siguientes efectos: se tutele de manera efectiva el derecho al libre desarrollo de la personalidad y se faciliten los trámites de divorcio, despresurizando la saturación de juicios que actualmente tienen juzgados familiares, haciendo más eficiente y eficaz el acceso a la justicia.
Al subir a tribuna para hablar sobre la exposición de motivos de la propuesta, la diputada Sandra Alicia Pedroza Orozco señaló que cuando la vida en común de las personas ya no es posible, el Estado debe de garantizar que los derechos humanos de las personas que desean disolver el vínculo conyugal sean respetados.
Asimismo, presentó algunas estadísticas emitidas por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), en donde se señaló que durante 2023 a nivel nacional se registraron 163, 587 divorcios, un decremento de 1.9 % con respecto a 2022; y que, del total de divorcios 10% se resolvió vía administrativa y 90 %, vía judicial.
Añadió que las entidades que registraron las tasas más altas fueron Campeche, con 4.8; Nuevo León, con 3.7 y Aguascalientes, con 3.4; mientras que Guanajuato ocupa la posición 12° con una tasa de 1.86 que se encuentra por arriba de la media nacional. Precisó que las principales causas de divorcio a nivel nacional fueron: el divorcio incausado, con 67.5 % y el mutuo consentimiento, con 31.1 %.
“Frente a esta realidad nacional, resulta necesario reformar el Código Civil del Estado de Guanajuato, con la finalidad de actualizar la normativa en la materia para que se garantice que todas las personas puedan ejercer todos sus derechos y libertades, entre las que están que cada persona decida la forma, el tiempo y las circunstancias para el desarrollo de su proyecto de vida”, finalizó la congresista.