LUIS RICARDO FERRO BAEZA PROMUEVEN INICIATIVA PARA QUE EL SERVICIO DE AGUA SE REGULE BAJO CRITERIOS DE DERECHOS HUMANOS, SOSTENIBILIDAD Y JUSTICIA SOCIAL

Guanajuato, Gto 6 marzo 2026. – El grupo parlamentario del Partido MORENA presentó una iniciativa de reforma al Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato, con la finalidad de armonizar el marco normativo local con la Ley General de Aguas para que los municipios y el Estado planifiquen, operen y regulen el servicio bajo criterios de derechos humanos, sostenibilidad hídrica y justicia social.
Al hacer uso de la voz, el diputado Luis Ricardo Ferro Baeza señaló que la Constitución federal reconoce que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua suficiente, salubre, aceptable y asequible para consumo personal y doméstico, junto a que la aprobación de la nueva Ley General de Aguas en 2025 refuerza esta obligación al colocar la gestión hídrica en un modelo centrado en derechos humanos, gobernanza democrática, sostenibilidad ambiental y coordinación intergubernamental.
El congresista mencionó que 19 de los 20 acuíferos de la entidad están siendo sobreexplotados, lo que ocasiona que el estado enfrente un déficit anual de recarga frente a extracción superior a los mil millones de metros cúbicos, circunstancia que refleja la inviabilidad del modelo actual de aprovechamiento del agua subterránea en el mediano y largo plazo.
Asimismo, comentó que, aunque más del 94% de las viviendas cuentan con agua entubada, persisten problemas de tandeos prolongados, fugas, coberturas desiguales de saneamiento y una débil coordinación e información pública sobre calidad, tarifas y desempeño, aunado a que se cuenta con organismos operadores con rezagos en planeación, control operativo, transparencia y sostenibilidad financiera.
La propuesta plantea que se reconozca que la prestación de los servicios públicos de agua potable y saneamiento se haga bajo un enfoque de derechos humanos, incorporando principios transversales como perspectiva de género, discapacidad, interculturalidad, intergeneracionalidad y enfoque ecosistémico y así dejar atrás una visión puramente administrativa del servicio y orientar a todas las autoridades a considerar el agua como un bien público esencial y un derecho fundamental.
También, se amplía el concepto de organismo operador para abarcar la diversidad de esquemas con los que los municipios prestan el servicio; se fortalece el papel del Estado como ente coordinador, rector y garante, sin sustituir a los municipios ni intervenir en la administración de aguas nacionales; se incorporan criterios de prioridad presupuestal, enfoque de derechos humanos, participación ciudadana, coordinación intermunicipal y planeación del servicio, elementos indispensables para una prestación eficaz, equitativa y sostenible.
De igual forma, la iniciativa incorpora el principio de armonización institucional en la administración de los servicios públicos de agua y saneamiento, a efecto de que los órganos responsables de su gestión mantengan concordancia temporal con el periodo constitucional del Ayuntamiento correspondiente; la prohibición de la suspensión total del suministro de agua potable para uso doméstico, incluso en casos de falta de pago; y se impulsa la educación ambiental y la participación ciudadana como elementos clave para reducir la presión sobre los recursos hídricos.

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