Guanajuato, Gto 26 marzo 2026. – El grupo parlamentario del Partido MORENA presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato con la finalidad de que las autoridades del Estado en procedimientos jurisdiccionales y administrativos en materia familiar que incidan en el traslado, cambio de residencia o movilidad de niñas, niños y adolescentes privilegien el interés superior de la niñez, su derecho a la vida familiar, identidad y movilidad, así como que la ley prevea mecanismos ágiles, accesibles y con perspectiva de género, de niñez y de cuidados.
Al hacer uso de la voz, la diputada Martha Edith Moreno Valencia refirió que, en muchos conflictos familiares, quien no cuida, no convive y no cumple con sus obligaciones alimentarias sigue conservando un poder para bloquear decisiones de movilidad de sus hijas e hijos, situaciones que se reflejan en permisos de viaje, cambios de residencia o incluso en trámites como la expedición de pasaporte para personas menores de edad.
La congresista indicó que lo anterior no es un simple asunto administrativo, sino una falla de protección jurídica que coloca a niñas, niños y adolescentes en medio de conflictos entre personas adultas, generando retrasos, incertidumbre y decisiones familiares paralizadas, además de precisar que la regla diseñada originalmente para proteger a la niñez termina beneficiando a quien abandonó sus deberes parentales y perjudicando a quien sí sostiene efectivamente los cuidados, en un contexto donde la carga de cuidado recae de forma desproporcionada en las mujeres.
Por lo anterior, Moreno Valencia manifestó que la iniciativa plantea adicionar dos párrafos al artículo primero de la Constitución estatal, después del párrafo que reconoce los derechos de niñas, niños y adolescentes y el principio del interés superior de la niñez, ello con el objetivo de establecer que en los procedimientos jurisdiccionales y administrativos en materia familiar que incidan en el traslado, cambio de residencia o movilidad de niñas, niños y adolescentes, las autoridades del Estado deberán privilegiar en todo momento el interés superior de la niñez, su derecho a la vida familiar, a la identidad y a la movilidad.
Asimismo, la norma deberá establecer mecanismos ágiles, accesibles y con perspectiva de género, de niñez y de cuidados, para que la persona que ejerza de manera efectiva la guarda, custodia o cuidado pueda obtener la autorización judicial correspondiente cuando exista abandono parental o incumplimiento reiterado e injustificado de los deberes de crianza, cuidado o alimentos por parte del otro progenitor.
Finalmente, la congresista externó que la reforma no elimina controles ni debilita la protección frente a traslados o retenciones ilícitas, pues mantiene la exigencia de autorización judicial y de protección integral, pero ordena que la justicia sea pronta, que se privilegie la solución del conflicto sobre formalismos y que no se permita que el exceso de trámite proteja a quien incumple y perjudique a la niñez.


