Guanajuato Gto 19 noviembre 2025. En sesión pública el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió un juicio electoral y un procedimiento especial sancionador.
El juicio TEEG-JE-04/2025 lo inició un regidor en contra de la determinación del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) que le negó las medidas cautelares solicitadas en un Procedimiento Ordinario Sancionador, en el que se denunciaban faltas electorales derivadas de cuatro publicaciones.
El Tribunal, por unanimidad, confirmo la decisión del IEEG porque, de la revisión realizada, se comprobó que tres de los enlaces aportados no contenían información alguna y, respecto al cuarto, no se aprecian expresiones que posicionen indebidamente a alguna persona funcionaria, además de que no había proceso electoral en curso. Por ello, fue correcto no decretar medidas precautorias dirigidas a retirar las publicaciones.
El procedimiento TEEG-PES-50/2025 lo inició una presidenta municipal en contra de un síndico del mismo ayuntamiento, por comentarios realizados en Facebook, y por publicaciones de un periódico que, a su consideración, constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género.
El Tribunal por unanimidad, declaró inexistente la violencia denunciada porque de dos de las ligas señaladas no fue posible comprobar su existencia, y en la tercera no se acreditó la conducta, pues las manifestaciones no afectan al género femenino, ni constituyen estereotipos, ni fueron dirigidas contra la presidenta por ser mujer. Finalmente, en cuanto a las notas del periódico, estas corresponden a una crítica hacia una persona distinta a la denunciante y se encuentran protegidas por el derecho a la libertad de expresión.


