Guanajuato, Gto 12 octubre 2026. – La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado llevó a cabo tres mesas de trabajo para analizar iniciativas de reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, a la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Guanajuato y a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado.
Sancionar la violencia política digital contra mujeres mediante uso de inteligencia artificial
En primera instancia, se revisó la propuesta de reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, con el objetivo de reconocer y sancionar expresamente la violencia política contra las mujeres cometida mediante inteligencia artificial y tecnologías análogas.
La iniciativa contempla reformar el artículo 57 para precisar que incurre en abuso de funciones la persona servidora pública que realice o induzca actos de violencia política contra las mujeres, ya sea directamente o a través de terceras personas.
La diputada Hades Berenice Aguilar Castillo indicó que la inteligencia artificial no se puede convertir en un arma para atacar a las mujeres, porque a éstas en la política las juzgan por su forma de vestir, utilizan a sus familias y las dañan a base de mentiras. Resaltó que las mujeres tienen derecho a participar de manera justa y sin miedo.
En general, los asistentes comentaron que se considera inadmisible cualquier acto de corrupción, abuso de poder o violencia que vulnere los derechos tanto de las mujeres como de toda la ciudadanía.
En lo particular, señalaron que se sugiere cambiar la redacción para incorporar el lenguaje inclusivo, sustituyendo el término servidor público por persona servidora pública; que es una medida complementaria a armonizar el régimen de responsabilidades administrativas previstas en la legislación estatal.
Modificaciones a las facultades del Comité de Participación Ciudadana del SEA
En un segundo momento se abordó la propuesta que plantea cambios a la reforma a la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) de Guanajuato, con el objeto de actualizar las facultades y acciones, así como el pago que reciben los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del SEA.
La iniciativa plantea otorgar facultades para que el Comité dé seguimiento, a solicitud de parte, a las denuncias presentadas por los ciudadanos ante la Fiscalía Estatal Anticorrupción; así como, por sí o por solicitud ciudadana, solicitar al Comité Coordinador la emisión de exhortos públicos cuando algún hecho de corrupción requiera de aclaración pública y ajustar su salario.
De manera general, se comentó que se deben reconsiderar los alcances propuestos en la parte que tiene por objeto limitar la participación de quienes integran el Comité de Participación Ciudadana en la toma de decisiones respecto a la contraprestación, dado que se estima que tales remuneraciones se determinan con base en consideraciones presupuestales y criterios técnicos, que no tendrían que ser vulnerados por su participación.
En lo particular, se indicó que se coincide en las propuestas que abarcan la inclusión de lenguaje de género y el fortalecimiento de las facultades de los integrantes del Comité de participación ciudadana.
El diputado Ernesto Millán Soberanes manifestó que la propuesta busca fortalecer las acciones del Comité de Participación Ciudadana, que las atribuciones se vean ampliadas con la finalidad de darles más armas técnicas y legales para la defensa de los ciudadanos.
Resaltó que no podían permitir como legislativo que los ciudadanos como representantes elegidos desde una convocatoria fueran facultados para accionar ante actos de presunta corrupción en las distintas áreas del gobierno.
Incorporar presupuesto con perspectiva de género para garantizar igualdad sustantiva
Finalmente, se abordó la propuesta de reforma a la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato y a la Orgánica del Poder Ejecutivo para establecer entre las facultades de la Secretaría de las Mujeres el colaborar con la Secretaría de Finanzas en la formulación de lineamientos, metodologías, criterios y herramientas técnicas para la integración, elaboración, seguimiento y evaluación del Anexo Transversal de Género, así como brindar opinión técnica especializada en materia de perspectiva de género e igualdad sustantiva.
En los comentarios generales se indicó que la iniciativa persigue una finalidad constitucionalmente legítima vinculada con igualdad sustantiva, perspectiva de género y fortalecimiento del seguimiento del gasto público, sin embargo, desde una perspectiva técnico-hacendaria, no resulta viable en sus términos, debido a que incorpora obligaciones estructurales de transversalización presupuestaria sin desarrollar previamente metodología homogénea, trazabilidad financiera, lineamientos operativos, mecanismos verificables de evaluación y compatibilidad integral con el sistema estatal vigente de programación, presupuesto y seguimiento del gasto público.
Se argumentó que el sistema presupuestario vigente ya incorpora mecanismos relacionados con igualdad sustantiva, identificación presupuestaria, indicadores de desempeño y acciones institucionales en materia de mujeres y prevención de violencia; que el Modelo Presupuestario de la entidad se fundamenta en los pilares de la Gestión para Resultados, el Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del Desempeño, lo que permite asignar recursos a problemas públicos prioritarios de manera eficiente, buscando siempre el valor público y el balance presupuestal.
También se puntualizó que el Estado ya contempla una atención integral y transversal a las mujeres y la perspectiva de género dentro de sus instrumentos rectores de planeación.
Finalmente, se precisó que, en cuanto a la iniciativa de reforma a la Ley de Planeación se considera no viable en sus términos, porque la planeación debe ordenar la presupuestación mediante una cadena lógica: diagnóstico, objetivos, estrategias, programas, indicadores, metas, presupuesto y evaluación.
Mientras que, en lo que toca a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, tampoco se considera viable en razón de que la propia propuesta reconoce que se requieren lineamientos, metodologías y coordinación; sin embargo, no desarrolla suficiencia operativa, tiempos técnicos, gradualidad, responsabilidades diferenciadas, criterios de validación, mecanismos de solución de discrepancias ni cargas institucionales para las secretarías de Finanzas, de las Mujeres, así como para los organismos autónomos y municipios.
La asesora parlamentaria del Partido Movimiento Ciudadano comentó que la propuesta parte de cómo lograr que la incorporación de la perspectiva de género en la planeación pueda traducirse en elementos identificables, medibles y evaluables.
Precisó que propone que en la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato se precisen contenidos mínimos para los instrumentos de planeación tales como la identificación de brechas de género en los diagnósticos, la medición de los avances en igualdad sustantiva y la identificación de la población objetivo desagregada.
Afirmó que uno de los objetivos de fondo es fortalecer la conexión entre la planeación, el presupuesto y la evaluación, es decir, avanzar en la identificación del gasto hacia la posibilidad de evaluar en qué medida las políticas públicas y los recursos asignados están contribuyendo efectivamente a reducir las brechas y avanzar en igualdad sustantiva.

