Guanajuato, Gto 22 octubre 2026. – La Diputada integrante del PRI en el congreso del estado Ruth Tiscareño presentó una iniciativa de reforma al Código Penal estatal para tipificar como delito la aplicación de sustancias modelantes no autorizadas con fines estéticos, incluso cuando no ocasionen daños a la salud.
Al dar lectura a la exposición de motivos de la propuesta, la congresista Ruth Noemí Tiscareño Agoitia comentó que la aplicación de sustancias no aptas para el cuerpo humano, como parafina, silicona líquida, cemento óseo y aceites de uso industrial o mineral, puede provocar lesiones irreversibles, infecciones crónicas y afectaciones a tejidos, órganos y sistemas.
Señaló que la falta de instalaciones adecuadas, de supervisión sanitaria y de personal especializado incrementa los riesgos para quienes recurren a procedimientos estéticos. Asimismo, indicó que entre 2014 y 2024 se registraron al menos 121 muertes relacionadas con cirugías estéticas en México.
En ese sentido, Tiscareño Agoitia planteó la necesidad de fortalecer la respuesta penal ante prácticas que ponen en riesgo la salud y la vida. Dijo que se busca sancionar tanto la aplicación de sustancias peligrosas como las conductas de personas servidoras públicas que faciliten la operación de establecimientos que incumplan las condiciones requeridas.
La legisladora precisó que se plantea adicionar un capítulo denominado Aplicación de sustancias modelantes no autorizadas con fines estéticos y se propone imponer de dos a cuatro años de prisión y de cinco a veinte días multa a quien inyecte o aplique estas sustancias cuando puedan ser nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud. Se añade que si la aplicación provoca daños o alteraciones temporales o permanentes, la pena sería de cuatro a ocho años de prisión y de veinte a ochenta días multa.
Asimismo, puntualizó que se propone aumentar las sanciones cuando las víctimas sean menores de edad y aplicar las penas previstas para los casos en que se cause daño a la salud a las personas servidoras públicas que expidan o participen en el otorgamiento de permisos de funcionamiento a establecimientos que realicen estos procedimientos sin cumplir los requisitos sanitarios correspondientes o sin contar con personal médico con cédula profesional y la especialización o certificación requerida.


