No es lo mismo, verla venir, que sentirla llegar…, me refiero a la democracia sindical, hace algunas semanas, aquí mismo dábamos cuenta que, las y los trabajadores de la empresa Draxton, planta ubicada en el parque Apolo de la ciudad de Irapuato, Gto. después de un poco más de año y medio de lucha, votaron mayoritariamente por una representación sindical independiente, que realmente les represente y defienda sus intereses, ahora resulta que, una vez que la Juez a dictado sentencia de la demanda por la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo en Draxton, la empresa que por ley no debe meterse en asuntos sindicales, finge demencia ante dicha sentencia y pone trabas para que los nuevos representantes sindicales electos por las y los trabajadores inicien actividades. Su argumento es la posibilidad juridica de que el sindicato demandado, vencido en juicio y en la consulta a los trabajadores, pudiera ampararse. ¿Y si no se ampara?
Para las empresas son lindos y “queda bien” los discursos de modernidad, actualización tecnológica, equidad de género, lenguaje inclusivo y hasta certificaciones de calidad, pero al parecer son solo discurso, porque no están dispuestos a cumplirlos, y en algunas ocasiones no saben ni de que se trata, en la reglamentación laboral es claro que ningún patrón DEBE METERSE EN ASUNTOS SINDICALES, ademas en la carta de remediación que se generó como parte de la solución al reclamo de los trabajadores y trabajadoras en el Marco del T-MEC, así se estableció. ¿será acaso que el sindicato rechazado por las y los trabajadores, pidió ayuda a la empresa?, ¿Sera acaso que la empresa, tiene arreglos con el sindicato rechazado, para no otorgar los derechos a las y los trabajadores en Draxton?, o ¿Por qué le hace el trabajo sucio?. Algunas de estas interrogantes los trabajadores en Draxton ya tenían la sospecha, que hoy con la intromisión en asuntos laborales y desacato de la empresa quedan al descubierto, es decir quienes promovían un sindicato independiente tuvieron siempre la razón, respecto al contubernio Empresa-Sindicato, para reducir los derechos a los trabajadores. Por eso los cambiaron.
Una vez emitida la sentencia por la jueza, es cosa juzgada y debe acatarse, si “alguien” no esta de acuerdo, puede iniciar un juicio o lo que la ley de derecho, pero nunca ese derecho lo tendrá la empresa, mientras eso NO suceda o en todo caso se resuelva de manera distinta debe acatarse la resolución dictada en el Procedimiento Especial colectivo 564/2023 de fecha 12 de diciembre del 2023 por la Jueza adscrita al Tribunal Federal de Asuntos Colectivos.
Desde la trinchera de la represión,
El Hijo del Seboruco.