Guanajuato, Gto 21 agosto 2025. – En sesión de la Diputación Permanente, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Guanajuato con el objeto de incrementar las sanciones penales en el delito de cobranza extrajudicial ilícita, incluyéndose la agravante cuando haya intervención de servidores públicos.
Al dar lectura a la exposición de motivos, el diputado Alejandro Arias Ávila manifestó que la actividad ilícita de las organizaciones criminales se ha diversificado, tanto en las formas de comisión, como en la variedad de conductas a realizar.
Refirió que se ha aumentado la cobranza ilícita utilizando la violencia y la intimidación que deriva del cobro de los denominado prestamos “gota a gota”, ofrecidos por ciertas organizaciones delincuenciales, que los otorgar con un mínimo de requisitos y están dirigidos a las clases populares o a quienes no tienen la posibilidad de ser solventes para obtener créditos en la banca comercial.
Remarcó que ese tipo de financiamientos están diseñados de manera que se hacen impagables, dado que se cobra interés por día o semana, e intereses sobre intereses por retrasos, y cuando se deja de pagar, quienes otorgaron el préstamo utilizan mecanismos intimidatorios y hasta violentos para exigir el pago de los intereses y en su caso, la deuda de origen.
Arias Ávila mencionó que ya habían presentado una propuesta similar y que lo que buscan es insistir en que se debe proceder con mayor vigor a sancionar dicha conducta que se ha vuelto prácticamente un cáncer en ciertas zonas del estado y sectores sociales.
“Es urgente actuar con mayor rigor, proponiéndose el aumento de las sanciones de prisión y la pecuniaria, así como agravar la sanción cuando intervengan servidores públicos, pues no es desconocido para nadie, que algunos cuerpos policiacos coludidos con estas organizaciones delictivas coadyuvan a realizar los cobros extrajudiciales indebidos”, enfatizó el legislador.
La propuesta plantea establecer que, a quien lleve a cabo la cobranza extrajudicial ilícita, se le aplicará de tres a seis años de prisión y de veinte a sesenta días multa; y que la pena de prisión se incrementará en dos tercios del mínimo a dos tercios del máximo cuando intervenga algún servidor público, y además se impondrá la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.