DAVID MARTÍNEZ MENDIZÁBAL DESDE EL CONGRESO DEL ESTADO PRETENDEN FACILITAR LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN PLEBISCITOS Y REFERÉNDUMS

Guanajuato, Gto 14 diciembre 2023. – La diputada Hades Berenice Aguilar Castillo y el diputado David Martínez Mendizábal, integrantes del grupo parlamentario de MORENA, presentaron una iniciativa de reforma a la Constitución Política local y a la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato, a efecto de reducir los requisitos y eliminar obstáculos para hacer más accesible la participación ciudadana constante en la vida pública.

En este sentido, se propuso que para solicitar el plebiscito y el referéndum sea del 1% de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal, además de que se exija el 30% de participación y 40% para el referéndum constitucional; eliminar el impedimento relacionado con la utilidad pública, así como establecer que no podrá haber mayores restricciones al ejercicio de los derechos políticos que los establecidos en la Ley.

En su exposición de motivos, el diputado David Martínez Mendizábal mencionó que en Guanajuato se cuenta con una Ley de Participación Ciudadana en donde se establecen cuatro mecanismos de participación: la iniciativa popular, el plebiscito, el referéndum y el referéndum constitucional.

Agregó que los requisitos que establece la ley para la procedencia de estos mecanismos son altamente restrictivos, lo que hace muy complicado poder llevarlos a cabo. Puso como ejemplo las experiencias sobre la defensa del Cerro de La Bufa y la construcción del nuevo Museo de las Momias (MUMO) en Guanajuato capital.

“Las dos experiencias mencionadas en Guanajuato nos enseñan que la participación ciudadana no sólo es vital para la democracia, sino también para detener decisiones arbitrarias en beneficio de unos cuantos, y para garantizar la separación del poder político del poder económico” apuntó.

Asimismo, señaló que en Guanajuato es más fácil fundar un partido político local que promover un mecanismo de participación ciudadana, pues para lo primero, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato pide el 0.26 % del padrón electoral, mientras que, para activar un plebiscito, se exige el 3 % de la lista nominal.

Finalizó diciendo que rechazaban la idea elitista de distanciar a los representantes de los representados, y buscaban respaldar la intervención del pueblo en las grandes decisiones.

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