Guanajuato, Gto 20 junio 2024. – El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa de reforma al Código Penal para incluir como delitos de peligro para la vida y la salud de las personas, el que mediante el uso de redes sociales o cualquier medio de comunicación tecnológica o en forma personal incentive en forma individual o colectiva competencias, retos (tik tok), concursos, pruebas o análogas para realizar cualquier acción o ingesta de sustancias peligrosas, incrementándose la punibilidad cuando el afectado sea menor de edad.
Al dar lectura a la exposición de motivos de la propuesta, la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia señaló que, dada la evolución de las tecnologías y las redes sociales entre niños, adolescentes y jóvenes, en la actualidad es frecuente que alguna o algunas personas, menores o mayores de edad, inciten a otros jóvenes o niños a realizar lo que se conoce como “retos virales”, mediante recompensas, concursos o simple diversión o reto.
Indicó que esas acciones no deben quedar impunes, sobre todo porque esos retos implican acciones de peligro para la salud y la vida mediante acciones peligrosas o ingesta de sustancias o medicamentos controlados.
La congresista habló de algunos de los retos que se han presentado y las consecuencias que han provocado como intoxicaciones y en algunos casos, la muerte. Afirmó que no existía en internet un riesgo digital con más impacto negativo en niños y niñas que los retos virales.
“El impacto social que están causando estos retos en redes sociales por sí solo ya justifica la necesidad de invertir esfuerzo en la educación digital de niños, niñas y adolescentes. Los retos online para adolescentes, o challenge en redes sociales, bajo la apariencia de simples juegos entre amigos, se convierten en ocasiones en situaciones de enorme riesgo que producen lesiones graves o incluso la muerte”, enfatizó Tiscareño Agoitia.
Comentó que si mediante un reto la persona fallece si era posible atribuir, por ejemplo, la ayuda dolosa al suicidio como tipo penal; sin embargo, cuando los hechos quedan en el extremo de no llegar a causar la muerte, los eventos quedan impunes pues nadie se ocupa de su denuncia y menos aún de la sanción penal, no obstante que la salud y la vida de la persona estuvieron en riesgo.
Finalmente, manifestó que se proponer incluir un artículo 168 Ter para que se tipifique como delito de peligro para la vida y la salud que, a quien mediante el uso de redes sociales o cualquier medio de comunicación tecnológica o en forma personal incentive en forma individual o colectiva competencias, retos, concursos, pruebas o análogas para realizar cualquier acción o ingesta de sustancias que pongan en peligro la vida o la salud de las personas, con una pena de 3 a 6 años de prisión.
Se señala que, si se incentiva a menores de edad, la pena se incrementará en una mitad del mínimo a una mitad del máximo señalado en el párrafo anterior.