EN EL CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO PROPONEN ARMONIZACIÓN CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA Y FORTALECIMIENTO A LA SOBERANÍA NACIONAL

Guanajuato, Gto 4 SEPTIEMBRE 2025. – El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional y la representación parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática formularon una iniciativa de reforma a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato para armonizarla con la Constitución Política federal en dos ejes: la prisión preventiva oficiosa y las cláusulas de soberanía y no intervención.
Al dar lectura a las consideraciones de la propuesta, el diputado Juan Carlos Romero Hicks manifestó que el Constituyente Permanente de la Unión aprobó reformas al marco constitucional en materia penal y de soberanía, que inciden directamente en el diseño de las constituciones locales. En particular, se actualizó el catálogo de supuestos para la prisión preventiva oficiosa.
Precisó que esas modificaciones del orden federal obligan a las entidades federativas a armonizar sus textos constitucionales, evitando contradicciones, lagunas o reducciones del estándar nacional, y asegurando una correspondencia terminológica y sistemática con el sistema procesal penal acusatorio y con las cláusulas de salvaguarda de la soberanía recientemente incorporadas.
Afirmó que, la incorporación exclusiva del delito de extorsión en el texto constitucional de Guanajuato obedece a una armonización puntual del catálogo local de prisión preventiva oficiosa con el parámetro federal, subsanando la única laguna detectada en el comparativo normativo.
El congresista agregó que, la solución adoptada atiende puntualmente el mandato de armonización: elimina la laguna detectada al incorporar extorsión como supuesto de oficiosidad, mantiene incólume el resto del catálogo ya previsto en la Constitución local — coincidente con el federal—, y evita sobre-constitucionalizar o reproducir en exceso cláusulas que ya se encuentran satisfechas, preservando la coherencia sistemática y la unidad de sentido del bloque de constitucionalidad.
Finalmente, Romero Hicks agregó que se incluye también que no se aceptarán intervenciones, intromisiones o cualquier acto proveniente del exterior, que sea lesivo de la integridad e independencia; y se indica que esa recepción normativa es consistente con la supremacía constitucional y con la distribución de competencias entre Federación y entidades federativas, ya que el Estado no innova ni restringe el parámetro, sino que lo incorpora como principio rector del orden constitucional local, preservando la unidad del sistema.

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