Guanajuato, Gto. 24 Noviembre 2020.- El Grupo Parlamentario del PRI asumió una defensa de los intereses de los guanajuatenses, durante el análisis de las iniciativas de leyes de Ingresos de los municipios que integran el primer bloque.
Durante las Comisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización y de Gobernación y Puntos Constitucionales, la bancada priista se puso del lado de los ciudadanos guanajuatenses al plantear reservas a su favor y para evitar inconstitucionalidades en el texto normativo.
En este primer bloque se analizaron las iniciativas de leyes de ingresos de los municipios de: Abasolo, Apaseo el Alto, Comonfort, Doctor Mora, Jerécuaro, Manuel Doblado, Moroleón, Romita, San Diego de la Unión, San José Iturbide, San Luis de la Paz, Santa Catarina, Tarandacuao, Xichú, Jaral del Progreso y Salvatierra.
Durante la revisión se aprobaron en lo general las 16 iniciativas y en lo particular el Grupo Parlamentario del PRI se reservó varios artículos a tres de ellas, las cuales fueron aprobadas por unanimidad de votos.
Por ejemplo el diputado José Huerta Aboytes presentó dos reservas a los artículos 41 y 44 fracción V de la Iniciativa de Ley de Ingresos de Comonfort.
En la primera, el legislador planteó que es inconstitucional la condonación al 100 por ciento del cobro a las comunidades que se integran a los servicios prestados por el organismo operador de agua, al advertir una exención simulada de pago que se contrapone al artículo 115 constitucional.
En la segunda, el Grupo Parlamentario del PRI plantea subsanar confusiones y lagunas jurídicas y se le de coherencia y claridad al texto normativo, en materia de acceso a los sistemas de salud.
Con respecto al municipio de Manuel Doblado, el diputado Huerta se reservó el artículo 14, fracción XIII sobre servicios operativos y administrativos de desarrollos inmobiliarios en todos los giros, en el sentido de que se incrementé el cobro al 3.5% que propuso el Ayuntamiento y que no fue impactado en el decreto.
En la Ley de Ingresos de Tarandacuao, la diputada Celeste Gómez Fragoso se reservó el artículo 21 sobre los derechos por la prestación de los servicios del Centro de Acceso a Servicios Sociales y Aprendizaje, Bibliotecas Públicas y en Casa de la Cultura”, donde los iniciantes hicieron la propuesta de las tarifas para los cuatro conceptos previstos en este artículo y, además, en el Capítulo Décimo “De las Facilidades Administrativas y Estímulos Fiscales”, propusieron un artículo 42 a efecto de exentar de pago a los usuarios del artículo 21.
En el Decreto, la Dirección de Apoyo Parlamentario determinó las fracciones de este artículo como exentas del pago y suprimió el artículo 42.
Al respecto, la diputada Celeste Gómez dijo que en el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario, se apoya todo beneficio en favor de los ciudadanos, por ello, se coincide con los iniciantes a efecto de que se exente de pago a los usuarios de este servicio como apoyo a la condición económica a causa de la pandemia.
Sin embargo, se propone que se suprima este artículo del decreto, toda vez que la intención del ayuntamiento no es cobrar estos servicios, está de más que se prevea en la Ley de Ingresos.