LA JUSTICIA RAPIDA Y EXPEDITA ES SOLO UN MITO, EN MATERIA ELECTORAL EL TEEG Y SUS RESOLUCIONES TORTUGA.

Guanajuato, Guanajuato; 17 de febrero de 2022. Después de más de 5 meses de haber tomado posesión las autoridades electas en el pasado proceso electoral hasta el día de hoy las resoluciones que emite el (FLAMANTE) Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato, en sesión pública virtual, resolvió seis procedimientos especiales sancionadores.
Todos ellos según los integrantes de este órgano electoral no procedían para sancionar a los denunciados, que hubiera pasado si a estas alturas fueran positivas las resoluciones de nuestros FLAMANTES Magistrados Electorales.
En el expediente TEEG-PES-243/2021 el Partido Encuentro Solidario denunció al PAN y a quien fuera su candidato a la presidencia municipal de San Miguel de Allende, Luis Alberto Villarreal García; por realizar supuestos actos anticipados de campaña. El Tribunal declaró la inexistencia de la infracción porque si bien, se acreditó la difusión de algunas publicaciones en redes sociales alusivas a su inicio de campaña y la colocación de una lona con propaganda electoral; se hicieron después de que se aprobara su registro.
Respecto al procedimiento TEEG-PES-342/2021, el PAN presentó una denuncia contra el PRI y su entonces candidata a la presidencia municipal de Abasolo, Rocío Cervantes Barba, por presuntamente realizar actos anticipados de campaña. El Tribunal determinó que no hubo infracción a la ley pues no se demostró que ella hubiese realizado o mandado pintar dos bardas, ni que tuviera conocimiento de éstas.
Dentro del caso TEEG-PES-366/2021, Ma. Guadalupe Ramírez Esquivel denunció a quien resultara responsable, por actos que a su consideración constituían violencia política contra las mujeres en razón de género. El Tribunal dio por concluido el procedimiento porque, si bien se acreditaron tres publicaciones en redes sociales motivo de la queja, no fue posible localizar a las personas responsables de su difusión.
En el TEEG-PES-328/2021 el PAN denunció a MC y a quien fuera su candidato a la presidencia municipal de Irapuato, Juan Francisco Martínez Arredondo; así como a una persona reportera, por presuntamente realizar actos anticipados de precampaña y/o campaña, entrega de despensas y hacer propaganda política-electoral prohibida. El Tribunal consideró inexistente la infracción a la ley porque si bien se comprobó una publicación en Facebook respecto a los supuestos apoyos y la pinta de unas bardas, no se aportaron pruebas suficientes que fueran idóneas para vincularlas con los denunciados.
Relativo al procedimiento TEEG-PES-113/2021, el PRI presentó una denuncia contra Mario Alejandro Navarro Saldaña, entonces candidato del PAN a la presidencia municipal de Guanajuato; Samantha Smith Gutiérrez, presidenta del Patronato del DIF municipal y Marco Antonio Campos Briones, titular de la Dirección de Desarrollo Social y Humano de esa localidad; ambos con licencia al momento de la queja, por el presunto uso de apoyos sociales con la finalidad de inducir el voto, destinar indebidamente recursos públicos y la violación al principio de equidad en la contienda. El Tribunal concluyó que no hubo infracción a la ley porque no se aportaron pruebas suficientes que la demostraran.
Finalmente, en el expediente TEEG-PES-236/2021, el PAN denunció a los aspirantes de Morena: Israel Mosqueda Gasca, a la candidatura a la presidencia municipal de Valle de Santiago y Alejandro Morales Barroso; por realizar actos anticipados de campaña, entrega de apoyos para incidir en el electorado, uso de símbolos religiosos y violación a los derechos de la niñez. Respecto al primer punto, el Tribunal impuso amonestación pública al acreditarse que en una de las publicaciones denunciadas, se solicitaba el apoyo de la ciudadanía en su favor. En cuanto al segundo aspecto, declaró que no hubo infracción, porque el resto de la información difundida no hacía referencia a cuestiones político-electorales.
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