EN EL CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO SE PROPONE GARANTIZAR DERECHO DE MENORES A CONVIVIR CON SUS ABUELOS,RUTH TISCAREÑO.

Guanajuato, Gto 15 junio 2023. – El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa de reforma al Código Civil del Estado de Guanajuato, a efecto de proteger y garantizar el derecho de las niñas, niños y adolescentes a que se les procuren las relaciones y convivencias con sus abuelos.

La diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia expresó que el Estado Mexicano se encuentra obligado a proteger los derechos relacionadas con la identidad y las relaciones familiares de las niñas, niños y adolescentes. Y en este tenor, el derecho de visitas o convivencias no debería entenderse como una prerrogativa de quienes ejercen la patria potestad, sino como un derecho humano inherente a las niñas, niños y adolescentes.

La congresista señaló que debe considerarse también el papel fundamental que tienen los abuelos, respecto al apoyo que se brinda al núcleo familiar, auxiliando a las necesidades de los padres al proporcionarles habitación, suministrar alimentos, auxiliar en la educación y cuidado de los hijos; sin que dicha circunstancia se considere como una obligación, sino como un respaldo al núcleo familiar que nace del interés y vínculo afectivo.

“Aunque no existe una cifra oficial respecto a las niñas, niños y adolescentes que son separados o distanciados de sus abuelos, comúnmente por diferencias entre los progenitores, dicha circunstancia es una realidad, en donde no sólo las niñas, niños y adolescentes ven violentados sus derechos, también los abuelos”, externó.

Estimó indispensable que en nuestra legislación sustantiva civil se considere:

• Garantizar el derecho de visitas y convivencias de las niñas, niños y adolescentes con sus ascendientes en segundo grado, cuando existiere proceso judicial de divorcio.
• Establecer el derecho de visitas y convivencias de las niñas, niños y adolescentes con sus ascendientes en segundo grado, cuando estos así lo soliciten.
• Evitar que los progenitores, tutores o responsables del cuidado de los menores realicen actos de manipulación sobre hijas e hijos menores que generen rencor antipatía desagrado o miedo contra los descendientes.

Finalmente, la diputada manifestó que el beneficio de doble envergadura, pues se procura el derecho de las niñas y niños a sostener sus relaciones afectivas con sus abuelos y el derecho de estos a la convivencia familiar, sin olvidar que se vela por la protección de dos grupos, cuyas características puede revestir situaciones de vulnerabilidad.

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