BUSCAN QUE SEA ATRIBUCIÓN DE LA SMAOT DECLARAR CONTINGENCIAS AMBIENTALES, DIP. CUAUHTÉMOC BECERRA GONZÁLEZ

Guanajuato, Gto 11 abril 2024. – El diputado Cuauhtémoc Becerra González, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, formuló una iniciativa de reforma a la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato para que la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial sea la encargada de declarar la contingencia ambiental cuando los niveles de contaminación ambiental representen un riesgo para la población de acuerdo a los límites máximos permisibles fijados por las normas oficiales mexicanas aplicables, así como dictar las medidas y acciones que deberán llevarse a cabo en caso de una contingencia.

En su exposición de motivos, el congresista comentó que los problemas ambientales y las altas concentraciones de contaminantes derivados de actividades humanas o fenómenos naturales representan un riesgo constante para la población.

Argumentó que entre los principales generadores de contaminantes existen los relacionados a la quema accidental de basureros, bosques y pastizales, las emisiones producidas por los vehículos, el derrame de hidrocarburos y aquellos que de alguna manera causan la polución del aire y del agua por los residuos de los procesos industriales o biológicos.

“Ante este tipo de situaciones en las que se requiere actuar de manera pronta y eficaz para proteger la salud de la población y el ambiente, es necesario que las autoridades cuenten con las facultades y atribuciones necesarias que les permitan tomar acciones frente a este tipo de eventualidad”, detalló Becerra González.

El legislador subrayó que se busca que la información que reciba la población no solamente se refiera a la calidad del aire en un momento determinado, sino que le permita actuar con oportunidad para proteger su salud.

Agregó que, facultando a la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial se emitirá de manera oportuna la declaratoria de contingencia ambiental por parte de la autoridad competente y podrá llevar a cabo la implementación de acciones enfocadas a proteger, en primera instancia, a los grupos vulnerables, que son adultos mayores, niños menores de 6 años, mujeres embarazadas y personas que tienen cardiopatías, problemas vasculares o respiratoritos, así como en la restricción de actividades industriales y de servicios altamente contaminantes.

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