LA DIPUTADA DEL PRI RUTH TISCAREÑO FORMULA INICIATIVA PARA ESTABLECER CAUSAS DE REVOCACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA

Guanajuato, Gto 5 diciembre 2024. – El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional formuló una iniciativa de reforma a la Ley de Seguridad Privada del Estado de Guanajuato para establecer las causas de revocación de la autorización de quienes presten servicios de seguridad privada.

La diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia hizo uso de tribuna para presentar la exposición de motivos de la propuesta y señaló que la creciente criminalidad ha tenido como efecto que los particulares busquen formas de protección a sus personas, familias o patrimonio, por lo que en los últimos años ha habido una creciente proliferación de empresas o personas físicas que se han dedicado a realizar la función de seguridad privada.

Añadió que, si bien se ha tratado de regular dicha función, se ha puesto énfasis en las reglas para su instalación, otorgamiento de autorizaciones, requisitos de funcionamiento, de su personal y prohibiciones legales, así como un sistema de sanciones, en el cual si bien existe la sanción de revocación de la autorización no se establecen las causas.

La congresista argumentó que se plantea incorporar las causas para revocar la autorización, entre ellas en los casos en que se le haya impuesto más de una suspensión de actividades; incorporar personal sin la aprobación previa del examen de control de confianza por la autoridad competente; se acredite que, para la obtención de la autorización, en el trámite y en las revisiones otorgue a la autoridad documentación o información falsa; negativa a la práctica de la revisión debidamente notificada; se utilicen los vehículos, personal y demás recursos materiales con insignias, escudos, colores o cromática de instituciones oficiales de seguridad pública o para la comisión de delito.

De igual manera, cuando se localicen en inspecciones o aseguren por las autoridades armas no autorizadas, registradas o de exclusivo del ejército al personal de la institución de seguridad privada; se utilicen recursos de procedencia ilícita para el funcionamiento de la función auxiliar de seguridad privada; y el personal utilizado para la prestación del servicio, participe en la desaparición forzada de personas.

Finalmente, enfatizó que al incorporar esos preceptos se otorga certeza jurídica a los gobernados para que estén enterados de cuáles son las causas por las que su autorización puede ser revocada por la autoridad.

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