Guanajuato Gto a 11 de octubre del 2021.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) en sesión extraordinaria a distancia aprobó los Lineamientos para la verificación del cumplimiento del porcentaje de apoyo de la ciudadanía que se requiere para solicitar mecanismos de participación ciudadana previstos en la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato.
En la sesión extraordinaria celebrada el 10 de septiembre de 2021, este Consejo General aprobó el acuerdo CGIEEG/314/2021, mediante el cual se autorizó el uso de la aplicación móvil desarrollada por el Instituto Nacional Electoral (INE) para recabar datos y firmas para promover la realización de plebiscitos en los municipios de Dolores Hidalgo C.I.N. y Guanajuato a que aluden la ciudadana Paloma Robles Lacayo y los ciudadanos Juan Óscar Edmundo Aguayo Juárez y Raúl Luna Pavón de manera simultánea al uso del papel.
Con la finalidad de brindar certeza a las personas que soliciten la realización de mecanismos de participación ciudadana que competan al IEEG, es necesario expedir lineamientos que establezcan el procedimiento para el uso de la aplicación móvil y del papel, así como los criterios y el procedimiento a seguir para verificar la validez de las firmas recabadas, derecho de audiencia y la emisión del resultado final de dicha verificación.
Los Lineamientos se integran por un total de 62 artículos distribuidos en cinco capítulos y un artículo transitorio de la siguiente manera:
a. Capítulo I denominado «Disposiciones preliminares»
b. Capítulo II titulado «Obligaciones»
c. Capítulo III denominado «Aplicación móvil»
d. Capítulo IV intitulado «Uso de papel»
e. Capítulo V denominado «Confidencialidad de datos personales»
f. Capítulo transitorio en que se prevé lo relativo al inicio de su vigencia.
En otro punto del orden del día se aprobaron los Lineamientos del procedimiento de conciliación de conflictos laborales, del procedimiento laboral sancionador y del recurso de inconformidad del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG).
Los organismo públicos electorales deben emitir los lineamientos pertinentes para atender e instrumentar el procedimiento en casos de hostigamiento y/o acoso laboral y sexual, previsto en el libro cuatro del Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del personal de la rama administrativa, así como en el artículo transitorio tercero de los Lineamientos generales aplicables a la Conciliación Laboral Sancionador y al Recurso de Impugnación del Servicio Profesional Electoral del sistema de los Organismos Públicos Locales.
Los Lineamientos serán aplicables para todas las personas que laboren para el IEEG. Además, se integran por 117 artículos distribuidos en 11 capítulos, así como cuatro artículos transitorios.
En otro punto del orden del día se autorizó al consejero electoral que desempeña las funciones de la Presidencia del Consejo General del IEEG la suscripción del convenio general de colaboración con la Sociedad Mexicana de Estudios Electorales, A.C., (SOMEE).
El objeto consiste en sentar las bases de colaboración entre el IEEG y la SOMEE con el objeto de desarrollar proyectos de investigación, estudios cuantitativos y cualitativos evaluación de programas y asesorías, así como acciones que contribuyan a las actividades del instituto en el cumplimiento de sus atribuciones en materia de educación cívica y la construcción de una ciudadanía integral con base en los valores democráticos, además de actividades adicionales que permitirán contar con datos e información que serán de utilidad para la generación de estrategias focalizadas para la construcción de ciudadanía en nuestra entidad.