GUSTAVO ADOLFO ALFARO REYES DIPUTADO DEL PRI PROPONE PROCEDIMIENTO PARA EJERCER FACULTAD POTESTATIVA DE LA PRODHEG

Guanajuato, Gto 4 Mayo 2023 . – El grupo parlamentario del PRI presentó una iniciativa de reforma a la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato con la finalidad de regular el procedimiento de ejercicio de la facultad potestativa del Procurador de los Derechos Humanos del Estado para solicitar al Congreso del Estado el llamado de autoridades o servidores públicos que no acepten o incumplan total o parcialmente las recomendaciones en materia de derechos humanos.

El diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes expresó que los órganos de protección de los derechos humanos se les otorga la facultad para emitir recomendaciones de carácter público sobre presuntas violaciones a derechos humanos, las cuales serán potestativas para las autoridades o servidor público aceptarlas o no bajo su estricta responsabilidad. Agregó que las autoridades o servidores públicos tienen la obligación de fundar, motivar y hacer pública su negativa o no aceptación de la recomendación emitida.

El congresista señaló que la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en la entidad no señala ningún procedimiento ni reglas concretas para que el procurador ejerza su facultad potestativa, siendo necesario modificarla con el fin de establecer un procedimiento para tal efecto.

Asimismo, Alfaro Reyes comentó que la propuesta busca enunciar que la Procuraduría deberá cerciorarse de que la notificación de la recomendación se realizó a la autoridad o al servidor público, en forma personal o mediante los órganos de representación, corriéndole traslado con la copia íntegra del expediente y la resolución respectiva.

El legislador mencionó que en el caso de omisión de pronunciamiento de la autoridad se formulará un requerimiento por única vez, a efecto de garantizar la seguridad de la proclividad de la autoridad a no hacer pronunciamiento sobre la aceptación o no de la recomendación; mientras que habiendo sido aceptada la recomendación, el servidor o exservidor público que no cumpla total o parcialmente la recomendación, se le formulará un requerimiento en iguales condiciones.

Indicó que para el caso de que las violaciones las haya cometido un servidor público que no se encuentre en servicio en el Estado, Municipio o Entes Públicos cualquiera que sea su naturaleza, se procederá a notificarle la recomendación a través del área en la que prestaba sus servicios en el momento de la comisión de los hechos materia de la investigación.

“Con la presente iniciativa se pretende que existan reglas procedimentales, sobre la facultad potestativa y las notificaciones y requerimientos previos a que el Procurador realice la petición del llamado a autoridades o servidores públicos ante el Congreso del Estado, generándose seguridad jurídica y legalidad en este procedimiento, hasta ahora no regulado en la Ley de Protección de los Derechos Humanos en el estado”.

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