APRUEBA CONSEJO GENERAL IEEG PACTOS DE CIVILIDAD SE DA APROBACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTORALES QUE SE USARÁN EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2020-2021

Guanajuato gto 1 Abril 2021.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) en sesión extraordinaria a distancia este jueves, aprobó los modelos de documentación electoral con emblemas y documentación electoral sin emblemas pendiente de validación, que se utilizará para el desarrollo del Proceso Electoral Local Ordinario (PEL) 2020-2021.

Para este proceso electoral se utilizarán los siguientes documentos electorales con emblemas, cuyas características y especificaciones técnicas están contenidas en el anexo 4.1 del Reglamento de Elecciones:

Documentación común:

  1. Acta de la Jornada electoral;
  2. Cartel de resultados de cómputo distrital;
  3. Cartel de resultados de cómputo municipal;
  4. Cartel de resultados de la votación en casilla especial;
  5. Cartel de resultados de la votación en esta casilla;
  6. Cartel de resultados preliminares en el distrito;
  7. Cartel de resultados preliminares en el municipio;
  8. Constancia de clausura de casilla y recibo de copia legible;
  9. Cuadernillo para hacer las operaciones de escrutinio y cómputo de casilla

especial;

10.Cuadernillo para hacer las operaciones de escrutinio y cómputo de casilla; y

11.Hoja de incidentes. 

Documentación para la elección de diputaciones locales:

  1. Boleta electoral de la elección para las diputaciones locales;
  2. Acta de cómputo distrital de la elección para las diputaciones locales de

mayoría relativa;

  1. Acta de cómputo distrital de la elección para las diputaciones locales de

representación proporcional;

  1. Acta de escrutinio y cómputo de casilla de la elección para las diputaciones

locales;

  1. Acta de escrutinio y cómputo de casilla especial de la elección para las

diputaciones locales de mayoría relativa;

  1. Acta de escrutinio y cómputo de casilla especial de la elección para las

diputaciones locales de representación proporcional;

  1. Acta de escrutinio y cómputo de casilla levantada en el consejo distrital de la

elección para las diputaciones locales de mayoría relativa;

  1. Acta de escrutinio y cómputo de casilla levantada en el consejo distrital de la

elección para las diputaciones locales representación proporcional;

  1. Clasificador de votos de la elección para las diputaciones locales;

10.Constancia individual de resultados electorales de punto de recuento de la

elección para las diputaciones locales;

11.Guía de apoyo para la clasificación de los votos de la elección para las

diputaciones locales; y

12.Plantilla braille de la elección para las diputaciones locales.

Documentación para la elección de integrantes de ayuntamientos:

  1. Boleta electoral de la elección para el Ayuntamiento;
  2. Acta de cómputo municipal de la elección para el Ayuntamiento;
  3. Acta de escrutinio y cómputo de casilla de la elección para el Ayuntamiento;
  4. Acta de escrutinio y cómputo de casilla especial de la elección para el

Ayuntamiento;

  1. Acta de escrutinio y cómputo de casilla levantada en el consejo municipal de

la elección para el Ayuntamiento;

  1. Clasificador de votos de la elección para el Ayuntamiento;
  2. Constancia individual de resultados electorales de punto de recuento de la

elección para el Ayuntamiento;

  1. Guía de apoyo para la clasificación de los votos de la elección para el

Ayuntamiento; y

  1. Plantilla Braille de la elección para el Ayuntamiento.

Los documentos electorales sin emblemas, cuyas características y especificaciones técnicas están contenidas en el anexo 4.1 del Reglamento de Elecciones, los cuales estaban pendientes de validar por parte del Instituto Nacional Electoral (INE ) son:

  1. Bolsa para actas de escrutinio y cómputo por fuera del paquete electoral para el consejo distrital;
  2. Bolsa para actas de escrutinio y cómputo por fuera del paquete electoral para el consejo municipal;
  3. Recibo de documentación y materiales electorales entregados a la presidencia de mesa directiva de casilla especial; y
  4. Recibo de documentación y materiales electorales entregados a la presidencia de mesa directiva de casilla.

Asimismo, este Consejo General considera procedente la aprobación de la bolsa PREP, la cual no está sujeta a validación por parte del INE, siendo coincidente su diseño con la bolsa PREP que se utilizó en el proceso electoral federal 2017-2018.

En otro punto de la sesión extraordinaria se aprobaron los materiales didácticos que se utilizarán en las capacitaciones a las personas integrantes de los 22 consejos distritales y 46 municipales electorales respecto al desarrollo de las sesiones de cómputo en el PEL Ordinario 2020-20221 los cuales son:

  • El manual para la preparación y desarrollo de las sesiones especiales de los cómputos distritales y municipales del PEL Ordinario 2020-2021
  • La presentación electrónica relativa a los cómputos distritales y municipales En la misma sesión se aprobaron los pactos de civilidad que suscribirán las dirigencias estatales de los institutos políticos en el marco del inicio del periodo de campañas, así como las candidaturas registradas por partidos políticos, coalición y candidaturas independientes que contiendan por un cargo de elección popular durante el PEL Ordinario 2020-2021.

Con base en los principios rectores de la función electoral, particularmente, a los de legalidad, imparcialidad y objetividad, este Consejo General estima oportuno la suscripción de pactos de civilidad por parte de las dirigencias estatales de los institutos políticos, candidaturas registradas por partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, puesto que el mismo representa un compromiso público con la democracia como una forma de organizar la acción del poder en la que la soberanía es ejercida directamente por la ciudadanía a través del ejercicio del sufragio universal, libre y secreto.

Además, con la suscripción de este pacto, se refrendará el compromiso de los partidos políticos, coalición, candidatas, candidatos y candidaturas independientes, de conducirse con transparencia en el proceso electoral local y llevar a cabo una campaña en un entorno de pluralidad y convivencia pacífica, privilegiando el debate de propuestas por encima de descalificaciones, comunicando de forma oportuna sus plataformas electorales, absteniéndose de incurrir en actos o prácticas que impliquen y promuevan manifestaciones de odio o de violencia.

En otro punto de la orden del día, se aprobaron las Reglas básicas para la celebración de los debates para el PEL Ordinario 2020-2021.

La propuesta de Reglas básicas para la celebración de los debates que aprobó la Comisión Temporal de Debates tiene por objeto orientar la correcta operación, logística y realización de los debates, así como los instrumentos y criterios de regularización que se aplicarán antes y después de su desarrollo.

Las reglas básicas de referencia regulan aspectos operativos relacionados con la planeación, organización, preparación y celebración de los 68 debates, mismos que tendrán cinco sedes: San José Iturbide, León, Celaya, Irapuato y Yuriria.

Las reglas básicas se integran por un total de 41 numerales y un transitorio único, distribuidos en cinco capítulos, como se muestra a continuación:

  1. a) El capítulo primero denominado «Generalidades» se integra por disposiciones que regulan el objeto, el glosario, así como los sujetos obligados a ejecutar los debates, y a participar en los mismos;
  1. b) El capítulo segundo identificado como «De la Logística», contiene disposiciones relativas a la organización de los debates, la división de distritos y municipios en grupos, las fechas de ejecución de los debates y los escenarios;
  1. c) En el capítulo tercero titulado: «De la operatividad» se establecen disposiciones atinentes a la operatividad de los debates, las fechas en que sesionarán la Comisión Temporal de Debates y los consejos distritales y municipales para la toma de decisiones relacionadas con la organización de los debates, las convocatorias a los debates y la aceptación o declinación de las mismas por parte de las candidaturas, el sorteo de fechas y horarios de los debates, el envío a la Comisión de los formatos generales para la celebración de debates, la entrega de las preguntas de los debates, la participación intérpretes de lenguaje de señas mexicana y de lenguas indígenas, la designación de las personas moderadoras, entre otras;
  1. d) El capítulo cuarto denominado «De la realización de los debates», prevé lo relativo a las obligaciones de las y los participantes en los debates, funciones de las personas moderadoras y los correctivos que podrán aplicar las personas moderadoras;
  1. e) El capítulo quinto denominado «De la organización de los debates por particulares» precisa las disposiciones a que estarán sujetas las personas particulares que celebren debates con motivo del proceso electoral local en curso, la obligación de informar a la Comisión sobre la realización de los mismos y de realizarlos durante el tiempo que comprendan las campañas.

También se establecen los requisitos que deben cumplir las personas moderadoras, la verificación a cargo de los consejos electorales de las solicitudes enviadas por las personas particulares, así como la manera en que se resolverán los casos no previstos.

En la misma sesión extraordinaria se aprobó la comunicación de modificación de los distritos electorales de bloque de bajo porcentaje de votación en los que postulará mujeres y hombres el Partido Vede Ecologista de México (PVEM).

El partido en mención comunicó al Consejo General que se postulará a un hombre en el distrito electoral local XI y a una mujer en el distrito electoral local XII, manteniéndose intocadas el resto de las postulaciones del bloque de bajo porcentaje de votación, dicho bloque se integra de la siguiente manera:

 

BLOQUE DE BAJO PORCENTAJE DE VOTACIÓN

DISTRITO GÉNERO
XV Mujer
XIX Hombre
II Hombre
XIV Mujer
XVI Hombre
XII Mujer
XI Hombre

 

 

En la misma sesión extraordinaria a distancia, se aprobó la comunicación de modificación de los distritos electorales en los que postularán mujeres y hombres el partido político Fuerza por México.

Se comunicó a este Instituto que se decidió realizar modificaciones en los géneros asignados a los distritos electorales locales, quedando de la siguiente manera:

DISTRITO GÉNERO
I Mujer
II Hombre
III Mujer
IV Hombre
V Mujer
VI Hombre
VII Mujer
VIII Hombre
IX Mujer
X Hombre
XI Mujer
XII Mujer
XIII Hombre
XIV Hombre
XV Mujer
XVI Hombre
XVII Mujer
XVIII Mujer
XIX Hombre
XX Hombre
XXI Hombre
XXII Mujer

 

En la misma sesión extraordinaria se aprobó la designación de la secretaria del Consejo Municipal Electoral de Salamanca para el PEL Ordinario 2020-2021, siendo Susana Mendoza Ávila quien tomará el cargo a partir del 1 de abril de 2021.

Finalmente, el Consejo General aprobó la emisión de los nombramientos de reconocimiento de titularidad a miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) adscritos al instituto en cumplimiento al acuerdo INE/JGE34/2021. Los nombramientos de reconocimiento de titularidad serán para Rodolfo Alejandro Morril Ortiz y Juan Francisco Villalpando Leyva.

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